Registro de la jornada laboral: qué deben hacer los empleadores

El reloj de fichar vuelve a estar de moda: ya en 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejó meridianamente claro que todos los trabajadores deben registrar su tiempo de trabajo (C-55/18). En septiembre de 2022, el Bundesarbeitsgericht (Tribunal Federal de Trabajo alemán) lo estableció también para Alemania en una resolución muy comentada (número de expediente: 1 ABR 22/21). Pero ¿qué significa exactamente esta resolución para los empleadores? ¿Y cuándo debe aplicarse la normativa? Respondemos a las preguntas más importantes.
¿Qué ha decidido realmente el Bundesarbeitsgericht?
En Alemania existe la obligación de registrar la jornada laboral (1ABR 22/21). Lo delicado del asunto: según el BAG, la obligación ya existía antes de la resolución. La presidenta del Bundesarbeitsgericht, Inken Gallner, fundamenta la obligación de los empleadores de registrar sistemáticamente el tiempo de trabajo de su plantilla en la interpretación de la Arbeitsschutzgesetz (Ley alemana de prevención de riesgos laborales) a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el reloj de fichar.
En mayo de 2019, el TJUE interpretó la Directiva europea de tiempo de trabajo en el sentido de que los países de la UE deben garantizar un registro objetivo y fiable de la jornada. El BAG se remite a esta sentencia del TJUE en la fundamentación publicada en diciembre de 2022. Hasta entonces, la Arbeitszeitgesetz (Ley alemana de jornada laboral) no establecía una obligación general de registro, sino solo para las horas extraordinarias.
Para justificar que de repente esto haya cambiado, el BAG recurre a un artificio jurídico: interpreta el § 3 apartado 2 número 1 de la Arbeitsschutzgesetz «de conformidad con el Derecho europeo». En rigor, el precepto solo establece expresamente que los empleadores deben procurar una organización adecuada y facilitar los medios necesarios para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. Según la nueva jurisprudencia, esto implica ahora también que debe registrarse el tiempo de trabajo.
¿Cuándo empieza la obligación de registrar la jornada?
Según el BAG, ya ha empezado, y además para todos los empleadores con independencia de su tamaño. «Si se interpreta la Arbeitsschutzgesetz alemana conforme a lo dispuesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya existe una obligación de registrar la jornada laboral», explica la presidenta del Bundesarbeitsgericht, Gallner. Conforme al artículo 3, los empleadores estarían obligados ya hoy a «implantar un sistema que permita registrar el tiempo de trabajo realizado por los trabajadores». Según la Arbeitszeitgesetz alemana, hasta ahora solo deben documentarse las horas extraordinarias y el trabajo en domingo, no la jornada completa. Sin embargo, el Bundesarbeitsgericht no se basa en la Arbeitszeitgesetz, sino en la Arbeitsschutzgesetz. Esto tiene al menos una ventaja para los empleadores: como esta ley solo prevé multas por incumplir órdenes de las autoridades, no cabe esperar sanciones hasta que se dicten dichas órdenes.
¿Qué deben hacer ahora los empleadores?
Desde la publicación de la resolución del BAG, como muy tarde, los empleadores están obligados a registrar el tiempo de trabajo de sus empleados. Según el BAG, pueden delegar esta obligación en los propios empleados. En cualquier caso, siguen siendo responsables de garantizar un registro real y correcto, por ejemplo mediante controles aleatorios periódicos. Según el BAG, quedan exentos de la obligación de registro los directivos, aunque en la práctica su delimitación suele ser difícil. Es objeto de debate si el registro debe ser digital o si puede hacerse en papel. En todo caso, las empresas deben implantar soluciones prácticas para el registro de la jornada.
¿De qué forma debe registrarse la jornada?
En cuanto al «cómo», los empleadores conservan por ahora margen de configuración. El BAG confirma la posibilidad de delegar el registro en los trabajadores, así como la de que el empleador determine la forma de registro. Por el momento, el BAG no exige un registro electrónico. El sistema solo debe garantizar la protección de datos, la seguridad y la protección de la salud de los trabajadores. No obstante, el Ministerio Federal de Trabajo ya anunció entonces una regulación legal (sobre la situación actual, véase más abajo). El acuerdo de coalición dice al respecto: «En diálogo con los interlocutores sociales, examinaremos qué necesidad de adaptación vemos a la vista de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el Derecho del tiempo de trabajo». Y el Ministerio reaccionó de inmediato a la fundamentación del BAG con un comunicado propio, en el que afirma sin rodeos: «Según la resolución del BAG, debe registrarse la totalidad del tiempo de trabajo».
¿Qué pasa con el horario de confianza y el teletrabajo?
Ya tras la sentencia del TJUE de 2019, el horario de confianza quedó en entredicho. La patronal metalúrgica Gesamtmetall llegó a declararlo «prácticamente muerto». En octubre de 2022, el Landesarbeitsgericht München (Tribunal Regional de Trabajo de Múnich) resolvió que los empleadores deben tener una visión general de las horas trabajadas incluso con horario de confianza. El comité de empresa tendría derecho a solicitar dicha información (Az. 29 BV 61/21). Los expertos prevén en general consecuencias importantes para los modelos de trabajo móvil y el teletrabajo. A partir de ahora, también allí debe registrarse el tiempo. Precisamente los nuevos modelos de jornada piden a gritos formas nuevas y digitales de control horario.
¿Es esta evolución una ventaja o un inconveniente para los trabajadores?
En cualquier caso, los tribunales quieren proteger la posición de los trabajadores. Con su sentencia de 2019, el TJUE pretendía proteger expresamente a los trabajadores frente a jornadas excesivamente largas. También para la presidenta del BAG, Inken Gallner, «el registro de la jornada [es] también protección frente a la explotación ajena y la autoexplotación». Por otro lado, la norma resta flexibilidad y el registro genera trabajo adicional.
¿Y dónde están los problemas para los empleadores?
Los empleadores temen que la obligación de registro saque a la luz excesos sobre la jornada máxima fijada en la Arbeitszeitgesetz. Según el § 3 de la Arbeitszeitgesetz, la jornada laboral diaria no puede superar las ocho horas. Puede ampliarse hasta diez horas si en un promedio de seis meses o 24 semanas no se superan las ocho horas por día laborable. Por ello, asociaciones sectoriales como la Dehoga (patronal alemana de hostelería) abogan por pasar, mediante una reforma, de una jornada máxima diaria a una semanal. Esto daría más flexibilidad a empresas y trabajadores y es posible según la Directiva europea de tiempo de trabajo.
¿Tiene la resolución la misma relevancia para todos los sectores?
No. Los sectores de salarios bajos, como la hostelería o los servicios de mensajería, solo se ven afectados de forma limitada, ya que para la mayoría de sus empleados ya rige la obligación de registro de la jornada derivada de la Mindestlohngesetz (Ley alemana del salario mínimo). Para los empleados con ingresos más altos, en cambio, la resolución del BAG tiene relevancia directa.
Estado de la reforma en septiembre de 2026
Todavía no se ha aprobado una ley que regule expresamente el registro de la jornada en la Arbeitszeitgesetz. Según la IHK Rhein-Neckar (Cámara de Industria y Comercio de Rin-Neckar), existe un anteproyecto del Ministerio Federal de Trabajo. Este prevé registrar el inicio, el final y la duración de la jornada, en principio de forma electrónica y el mismo día de la prestación del trabajo. Además, los interlocutores de los convenios colectivos podrían acordar un cómputo semanal en lugar de diario de la jornada máxima. Para las empresas más pequeñas se prevén periodos transitorios más largos, y las microempresas podrían seguir registrando la jornada de forma no electrónica. Hasta que haya una nueva regulación legal, rige la obligación derivada de la resolución del BAG.